La escuela de derecho del futuro. ¿Qué debe enseñar una escuela de derecho a sus alumnos sobre tecno
Existen dos perspectivas sobre lo que debe ser la escuela de derecho del futuro. La primera es la de generar especialidades derivadas de intersecciones entre el derecho y algún tipo de tecnología específica o en su caso por el impacto de la tecnología en ciertos derechos de las personas.
Estas categorías de derecho y alguna otra actividad (derecho y ciencia, derecho e infraestrcutura, derecho y los dorito nachos) que se encuentran muy en boga en estas épocas me parece que obvian que esto deriva exclusivamente de la ampliación de las actividades que son reguladas por el Estado y no propiamente porque estemos frente a un nuevo planteamiento sobre qué es el derecho y para qué sirve.
Otro acercamiento es el considerar que estamos frente a fenómenos que no pueden ser entendidos desde una formación clásica de abogado, razón por la cual es necesario abrirse al aprendizaje de nuevas tecnologías e incorporarlas a la práctica profesional o incluso pensar en formar abogados con conocimientos amplios en materia de informática y programación, entre otras.
Al mismo tiempo, es necesario definir cual es el uso de tecnologías correcto para enseñar cuestiones no relacionadas con la tecnología. Por ejemplo, existe un movimiento en el cual los procesos legales ya se traducen a símbolos a efecto de facilitar su comprensión por parte de todos.
El problema es que gran parte de la regulación que se va a generar ya no será mediante la aplicación de reglas generales y abstractas de forma posterior al acontecimiento de un hecho, sino que las reglas serán incluidas en la programación o en su caso dependerán de la arquitectura de los sistemas informáticos. El derecho estará presente en los códigos de programación y parámetros de aprendizaje de las inteligencias artificiales.
Gran parte de las cuestiones que pasan en el internet o en las inteligencias artificiales no tienen una representación en el mundo material. Se trata de operaciones numéricas (y en un futuro no lejano cuánticas) realizadas por algoritmos. La posibilidad de regular de forma posterior es factible siempre y cuando se trate de una responsabilidad civil objetiva en la cual sea posible definir claramente los sujetos de imputación y establecer las penalidades monetarias o sanciones suficientes (apagar/cancelar una inteligencia artificial) a efecto de generar incentivos suficientes que garanticen el mayor nivel de precaución de los programadores o constructores.
Así, es necesario modificar la forma en la cual enseñamos el derecho, puesto que en una gran medida dejará de ser una profesión de aprendizaje de normas para ser aplicadas a casos concretos a ser una profesión de diseño de normas en lenguaje computacional.
Esta es una primera reflexión sobre el tema que esperamos permita comenzar e debate sobre la urgencia de modificar los curricula de nuestras escuelas de derecho.